¿Es legal alquilar mi vivienda habitual?

Índice de Contenidos

Es posible que por una serie de circunstancias determinadas hayas decidido alquilar tu vivienda habitual. Si te preguntas si esta actividad que vas a llevar a cabo con tu domicilio habitual es legal, la Ley es muy clara al respecto. Aunque, en muchas ocasiones esta Ley se desconoce y se cometen errores que pueden conllevar sanciones. Es por esta razón, por la que a continuación te explicamos si es legal alquilar una vivienda habitual.

¿Puedo alquilar mi vivienda habitual?

Puede ser que tras encontrar un trabajo mejor en otra localidad, por un traslado debido a causas familiares o, simplemente, por querer sacar rentabilidad del alquiler a una de tus propiedades, hayas querido alquilar tu vivienda habitual. Por ello, debes saber que el arrendamiento de una residencia habitual es legal. Aún así, hay algunas excepciones que hacen que no en todos los casos el alquiler de viviendas habituales esté permitido por la Ley.

En este caso, si arriendas tu vivienda habitual tanto por un periodo corto de tiempo o por una temporada más larga no hay problema. Aunque, deberás formalizarlo mediante un contrato alquiler. Recuerda que un alquiler sin contrato tiene consecuencias y la normativa en términos de alquiler, es decir, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), no lo contempla.

Es muy importante que el alquiler que se lleve a cabo en tu vivienda habitual no sea con fines turísticos, ya que de esta manera sí que el alquiler de esta sería ilegal. Esto es debido a que los arrendamientos turísticos se rigen por otra legislación diferente a la LAU, la cual es diferente en cada comunidad autónoma.

Arrendamiento de una vivienda habitual por periodos cortos de tiempo

Si te preguntas cómo alquilar un piso legalmente, debes saber que el alquiler de cualquier tipo de vivienda en España por periodos cortos de tiempo se encuentra regulado de manera diferente por cada comunidad autónoma. Por lo tanto, deberás consultar la legislación que determina tu comunidad y el Ayuntamiento de tu localidad si quieres alquilar durante unos días tu propiedad.

Cada una de ellas marca unos límites en cuánto a qué es legal o no. Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se establece un límite de alquiler por periodo corto de tiempo de como máximo de 5 noches.

¿Puedo arrendar mi vivienda habitual si aún estoy pagando la hipoteca?

Si aún estás pagando la hipoteca de tu vivienda y decides alquilarla, puedes hacerlo sin ningún problema porque la normativa no pone ningún impedimento si todavía sigues pagando el préstamo hipotecario. De todos modos, es importante recordar que si tu vivienda habitual está arrendada pierde la condición de residencia habitual, por lo tanto, perderás en el IRPF la deducción de vivienda habitual hipotecada, ya que te encontrarás viviendo de manera continuada en otro domicilio.

Así, si arriendas tu vivienda habitual y te toca realizar la declaración de la renta, recuerda no incluir esta deducción. Esto es debido a que el arrendamiento se convierte en una actividad ilegal. Además, puedes llegar a hacer frente a multas a causa de lo sucedido. Aún así te dejamos un artículo sobre cómo hacer contratos de alquiler entre particulares.

¿Cómo alquilar con todas las garantías?

Sabemos que alquilar una vivienda es un proceso complicado y arriesgado, sobre todo, si el inmueble es tu vivienda habitual. En el caso de que quieras arrendarla y quieras asegurar el cobro de las cuotas de tu inquilino o quieras protegerte ante desperfectos que se puedan dar en la vivienda, puedes contratar un seguro del alquiler piso. Este tipo de seguros te cubrirán en todas las situaciones que comentamos anteriormente.

Si te gustaría alquilar tu vivienda habitual en estos momentos pero, no tienes tiempo para buscar un inquilino y realizar las gestiones que implica un arrendamiento, puedes ponerte en contacto con nuestro equipo de MAURIZ HOME, los cuales te ayudarán a encontrar a el mejor inquilino para tu inmueble y te asesorarán en todo momento para que tu proceso de arrendamiento sea totalmente satisfactorio. ¿Hablamos?